En las elecciones
parlamentarias del pasado 6 de diciembre 2015 los partidos de extrema derecha
han obtenido la mayoría absoluta con 112 diputados sobre los 167 disponibles, o
sea el 67% del total.
La derecha en Venezuela ahora es mayoría y nadie
desconoce o puede desconocer esta situación. Pero si analizamos los resultados
esta “gran vitoria” se debe al sistema electoral mayoritario y no refleja en la
sociedad de ninguna manera una mayoría tan abrumadora.
Los venezolanos inscritos en el
registro electoral, es decir los electores, eran casi 20 millones y para ser
exacto 19.496.365 (1); de
estos, 5.060.777 han decido no votar, alguno quizás no han podido votar; de
todo modo no han votado; si a esto dato le sumamos los 688.138 que han anulado
el voto (o quizás han fallados, produciéndose el voto nulo) encontramos que el
29,49% no ha votado por nadie y por lo tanto se presume que no estaban de
acuerdo ni con los partidos de derecha (Mesa de Unidad Democrática, MUD), ni de
la izquierdas (Gran Polo Patriótico, GPP), ni con los otros muchos partidos que
también estaban presentes en la elección de diciembre.
La izquierda (GPP) ha obtenido en total 5.636.972
de votos, es decir el 28,91% de
todos los habientes derecho; los otros
partidos han obtenidos en conjunto 394.902, el 2,03%; en fin la MUD, la
derecha que hoy manda en Parlamento, ha obtenido 7.715.904 votos, es decir ha
sido votada por el 39,58% de los
electores que tenían derecho de voto.
De estos números se deduce que
el país está dividido no en dos, sino en tres partes: alrededor de un 40% apoya
la derecha, un 30% apoya la izquierda al gobierno y un 30% no está de acuerdo
con ninguno de estos dos.
La MUD, la derecha, que gracias
al sistema electoral tiene una abrumadora mayoría en el Parlamento, cree de
poder hacer todo lo que le da la gana y aprobar todas las leyes que desea. Por
supuesto no es así, la mayoría - cualquier sea - no puede aprobar cualquier ley
por varias razones, entre otras porque:
también en el sistema democrático burgués, vigente en Venezuela, hay que respetar la legalidad, las reglas y los principios de la Constitución; por esta razón existe el control del Tribunal Supremo (TSJ), el Tribunal que tiene que evaluar la constitucionalidad de una ley;
una mayoría por cuanto amplia pueda ser, representa siempre una parte del pueblo y sus leyes aprobadas no pueden desconocer la existencia de la otra parte, pisoteándola; la otra parte puede reaccionar contundentemente hasta llegar a desconocer, en base al artículo 350 de la Constitución, cualquier régimen, legislación o autoridad que contraríe los valores, principios y garantías democráticos o menoscabe los derechos humanos. En caso muy grave cuando los contrastes entre los diferentes grupos son tan fuerte hasta se puede desatar una guerra civil y la historia, en muchas partes del mundo, está llena de ejemplos.
El Parlamento derechista, el
pasado 16 de febrero ha aprobado en primera discusión el proyecto de “Ley de Amnistía y Reconciliación Nacional”
(2), que
consta de 17 artículos. En particular el artículo 4 expone en manera detallada una
amplísima gama de delitos cometidos por los partidarios de extrema derecha en
los 17 años de los gobierno de izquierda (14 años de Hugo Chávez y 3 de Nicolás
Maduro), que de aprobarse en vía definitiva, serian amnistiados.
Se trata de una ley absurda e inconstitucional
porque sobre todo en el artículo 4 pretende
“amnistiar” todos tipos de delitos que han cometidos los partidarios de la
derecha: Causar pánico en la colectividad o mantenerla en zozobra mediante la
difusión de informaciones falsas; Agavillamiento; Obstaculización de la vía
pública; Daños a los sistemas de transporte, servicios públicos, informáticos o
de comunicación; Destrucción o deterioro de caminos y obras destinados a la
comunicación pública; Daños a la propiedad; Asociación para delinquir; Importación,
fabricación, porte, detentación, suministro u ocultamiento de artefactos
explosivos o incendiarios; Perturbación de la tranquilidad pública; Ultraje al funcionario público,
en sus diversas modalidades; Uso de menores en la comisión de delitos; Incendio
y otros delitos de peligro común, en sus diversas modalidades; Traición a la
patria y otros delitos contra ella; Rebelión y otros hechos punibles; Insubordinación,
rebelión de civiles, traición a la patria, rebelión militar, instigación a la
rebelión militar, sublevación, falsa alarma, ataque y ultraje al centinela,
revelación de secretos militares faltas al decoro militar, uso indebido de
condecoraciones insignias y títulos militares, y sustracción de efectos
pertenecientes a la fuerza armada; Negativa a servicios legalmente debidos; Encubrimiento;
Porte ilícito de arma de fuego y su uso indebido; o los delitos de posesión
ilícita de armas de fuego, porte ilícito de arma de fuego y porte de armas de
fuego en lugares públicos; Daños a las instalaciones en el Sistema Eléctrico
Nacional; Otros hechos punibles conexos o que aparezcan íntimamente
relacionados con alguno de los anteriormente mencionados.
En el artículo
7 intenta consagrar la impunidad por la comisión de delitos violentos en
los 31 casos de manifestaciones públicas celebradas desde el año 2002 y
particularmente los delitos relacionados con “La Salida”, que se menciona
expresamente y en los cuales está involucrado el importante exponente de la
oligarquía venezolana Leopoldo López.
El artículo
19 textualmente dice: “Se concede la amnistía de los hechos ocurridos a
partir del año 2011 hasta la entrada en vigencia de esta Ley de Amnistía, que
hayan originado la investigación, procesamiento, privación de libertad o
condena de directivos, empleados o representantes de las empresas productoras, comercializadoras
o distribuidoras de medicinas, alimentos o bebidas, bienes calificados como de
primera necesidad, u otros bienes similares, extendiéndose además a otras
personas naturales, cuando la persecución penal se haya producido en
circunstancias que hayan restado confiabilidad en la administración imparcial
de la justicia”. Con este artículo se reconoce la existencia de una guerra
económica, se reconoce que la clase productora y/u distribuidora ha actuado
acaparando o restringiendo la producción y distribuciones de los bienes de
primera necesidad mencionados, obligando las autoridades a proceder a
incriminar los involucrados, los grandes y pequeños representantes de la
oligarquía venezolana, que ahora con esta ley quedarían libre de los delitos
del cual se le acusa.
Como se puede leer, con esta ley serian
amnistiados todos tipos de delito, cumplidos por partidario de la derecha, con
la finalidad de liberar lo que ellos llaman “Presos políticos por pensar distinto”. En Venezuela nadie está
preso por pensar distinto, todos los presos, incluyendo los políticos presos
están en la cárcel por haber cometido uno o más de los delitos que se quieren
amnistiar con esta ley absurda.
Por supuesto los familiares de las
víctimas, de los muertos, de los cientos de heridos, de los cientos que han
quedado invalido por toda la vida, la sociedad civil no puede aceptar tan
descarada ley; no puede aceptar que tantos delitos queden impunes.
Basándose únicamente en el carácter
evidentemente inconstitucional del proyecto, en caso de ser sancionado en la
segunda discusión, como obviamente pensamos
que va a ocurrir, jamás será promulgado por el Presidente Maduro y será
declarada inconstitucional por el TSJ.
La gran mayoría de la populación no podría
aceptar que tantos delitos queden impunes, simplemente por haber sido cometidos
mayoritariamente por los miembros de la clase poderosa que ha apoyado con todo
tipo de medidas la elección de esta Asamblea, también con la finalidad de
quedar impune de los delitos cometidos.
De aprobarse tamaña barbaridad de ley, podrían
desatarse en el país episodios de violencia. Estos diputados están sobrestimando
al pueblo, que está cansado de tantos abusos por parte de la clase dominante,
está cansado de colas, faltas de productos básicos, de medicinas. Después de
tanta violencia que ha tenido que soportar en estos 17 años, ahora los
poderosos quieren quedar impunes con la ayuda de los diputados que han
financiado para su elección.
Nota
(1) Los datos electorales son de fuente CNE, Url: http://cne.gob.ve/web/index.php
(2) El texto del proyecto de ley puede leerse a esta
dirección: http://albaciudad.org/wp/wp-content/uploads/2016/02/297999614-proyecto-de-ley-de-amnistia-y-reconciliacion-nacional-160204214403.pdf
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